Última actualización: octubre de 2026. Contenido orientativo, no constituye asesoramiento legal.
→ Calcula tu caso con la calculadora del complemento de brecha de género.
Respuesta directa: se solicita junto con la pensión: en la misma solicitud de jubilación, incapacidad permanente o viudedad ante la Seguridad Social. No hay un trámite separado: el INSS lo reconoce al conceder la pensión.
DNI y libro de familia para acreditar los hijos. No se exige ninguna acreditación de perjuicio en la carrera: desde julio de 2025 la Seguridad Social ya no pide ese requisito a los padres.
Pide su revisión ante el INSS. El criterio de gestión 12/2025 se aplica incluso a denegaciones firmes anteriores, con los atrasos correspondientes.
Calcula tu caso exacto con nuestra calculadora del complemento de brecha de género.
No: se solicita junto con la pensión.
DNI y libro de familia para acreditar los hijos.
Pide su revisión ante el INSS.
Desde la misma fecha de efectos de la pensión.