Cómo Solicitar el Complemento de Brecha de Género (2026)

Última actualización: octubre de 2026. Contenido orientativo, no constituye asesoramiento legal.

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Respuesta directa: se solicita junto con la pensión: en la misma solicitud de jubilación, incapacidad permanente o viudedad ante la Seguridad Social. No hay un trámite separado: el INSS lo reconoce al conceder la pensión.

Pasos

  1. Solicitar la pensión (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) en Tu Seguridad Social, en la sede electrónica o en un CAISS con cita previa.
  2. Indicar los hijos en la solicitud de la pensión.
  3. El INSS verifica y reconoce el complemento junto con la pensión, si se cumplen los requisitos.

Qué documentos hacen falta

DNI y libro de familia para acreditar los hijos. No se exige ninguna acreditación de perjuicio en la carrera: desde julio de 2025 la Seguridad Social ya no pide ese requisito a los padres.

Si tu pensión ya está concedida sin el complemento

Pide su revisión ante el INSS. El criterio de gestión 12/2025 se aplica incluso a denegaciones firmes anteriores, con los atrasos correspondientes.

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Preguntas frecuentes

¿Hay que solicitar el complemento por separado?

No: se solicita junto con la pensión.

¿Qué documentos hacen falta?

DNI y libro de familia para acreditar los hijos.

¿Y si mi pensión ya está concedida sin el complemento?

Pide su revisión ante el INSS.

¿Cuándo empieza a cobrarse el complemento?

Desde la misma fecha de efectos de la pensión.