La incapacidad temporal es la prestación que cobras cuando una enfermedad o un accidente te impide trabajar y estás de baja médica. Esta calculadora estima cuánto cobrarás según tu contingencia, tu base reguladora diaria y tus días de baja.
0 % días 1–3 · 60 % días 4–20 · 75 % desde el día 21 (contingencias comunes). ← Volver a todas las calculadoras
✓ Datos actualizados · Octubre de 2026 · Normativa vigente 2026
La incapacidad temporal (IT) es la prestación que cobras cuando una enfermedad o un accidente te impide trabajar y estás de baja médica. Su importe es un porcentaje de tu base reguladora que depende de la contingencia y de cuántos días llevas de baja.
Prestación = suma de cada tramo × su porcentaje × base reguladora diaria. En contingencias comunes: días 1–3 al 0 %, días 4–20 al 60 % y desde el día 21 al 75 %. En contingencias profesionales: el día 1 se cobra el salario íntegro (fuera de la prestación) y desde el día 2 el 75 % de la base reguladora.
Ejemplo: contingencias comunes, base reguladora de 80 €/día, 30 días de baja. Días 1–3: 0 €. Días 4–20: 17 días × 60 % × 80 € = 17 × 48 € = 816 €. Días 21–30: 10 días × 75 % × 80 € = 10 × 60 € = 600 €. Total: 816 + 600 = 1.416 €, de los que la empresa paga los días 4–15 (12 × 48 € = 576 €) y la mutua o el INSS desde el día 16 (840 €).
| Contingencia | Tramo | % de la base reguladora | Quién paga |
|---|---|---|---|
| Comunes | Días 1–3 | 0 % | — |
| Días 4–20 | 60 % | Empresa días 4–15; mutua/INSS desde el 16 | |
| Día 21 en adelante | 75 % | Mutua o INSS | |
| Profesionales | Día 1 | Salario íntegro | Empresa (fuera de la prestación) |
| Día 2 en adelante | 75 % | Mutua o INSS |
Fuente: Ley General de la Seguridad Social, art. 129. Duración máxima: 365 días, prorrogables 180 más.
Ejemplo — contingencias profesionales: base reguladora de 80 €/día, 10 días de baja. Día 1: salario íntegro a cargo de la empresa (fuera de la prestación). Días 2–10: 9 días × 75 % × 80 € = 9 × 60 € = 540 € de prestación.
La contingencia (comunes o profesionales), tu base reguladora diaria y los días de baja.
Figura en tu nómina y en la resolución de la mutua o el INSS.
El día de la baja se cobra el salario íntegro, pagado por la empresa, y desde el día siguiente el 75 % de la base reguladora.
Por enfermedad común se exigen 180 días cotizados en los últimos 5 años. Por accidente, laboral o no, no se exige carencia.
No: el salario íntegro del día 1 en contingencias profesionales lo paga la empresa y no forma parte de la prestación.
No, es orientativo. La cifra oficial la fija la mutua o el INSS según tu base reguladora y tu situación.
Si tu baja se alarga o te planteas el final de tu vida laboral, calcula cuánto te recortaría jubilarte antes de la edad ordinaria.