La edad de jubilación es la edad a la que puedes dejar de trabajar y cobrar la pensión, y depende de tu fecha de nacimiento y de cuánto has cotizado. Esta calculadora te da tus tres fechas —ordinaria, anticipada voluntaria y anticipada involuntaria— a partir de esos dos datos.
Ordinaria · Anticipada voluntaria (−24 meses) · Anticipada involuntaria (−48 meses). ← Volver a todas las calculadoras
✓ Datos actualizados · Octubre de 2026 · Normativa vigente 2026
La edad de jubilación es la edad a la que puedes dejar de trabajar y cobrar la pensión. Depende de tu fecha de nacimiento y de cuánto has cotizado: la ordinaria es la edad sin recorte, y las anticipadas te permiten jubilarte antes si cumples unos mínimos.
Ordinaria: si tu edad ordinaria cae en 2026 o antes, 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses si no llegas. Si cae después del 31/12/2026, se recalcula con las reglas de 2027 en adelante: 65 años con 38 años y 6 meses, o 67 años si no llegas. Voluntaria = ordinaria − 24 meses (mínimo 35 años cotizados). Involuntaria = ordinaria − 48 meses (mínimo 33 años cotizados).
Ejemplo: nacido el 01/06/1963, 39 años cotizados. Con las reglas de 2026, 39 ≥ 38 años y 3 meses → ordinaria a los 65 → 01/06/2028. Como cae después del 31/12/2026, se aplican las reglas de 2027: 39 ≥ 38 años y 6 meses → ordinaria a los 65 → 01/06/2028. Voluntaria: 01/06/2028 − 24 meses = 01/06/2026. Involuntaria: 01/06/2028 − 48 meses = 01/06/2024, fecha ya pasada → ya cumples la edad para esa modalidad.
| Reglas | Cotización | Edad ordinaria | Anticipada voluntaria | Anticipada involuntaria |
|---|---|---|---|---|
| 2026 | ≥ 38 años y 3 meses | 65 años | Ordinaria − 24 meses (mín. 35 años) | Ordinaria − 48 meses (mín. 33 años) |
| 2026 | < 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | ||
| 2027 en adelante | ≥ 38 años y 6 meses | 65 años | Ordinaria − 24 meses (mín. 35 años) | Ordinaria − 48 meses (mín. 33 años) |
| 2027 en adelante | < 38 años y 6 meses | 67 años |
Fuente: Ley 27/2011, periodo transitorio de la edad ordinaria. En ambas anticipadas, además: al menos 2 años cotizados dentro de los últimos 15; en la involuntaria, 6 meses inscrito como demandante de empleo.
65 años si cotizas 38 años y 3 meses o más; si no llegas, 66 años y 10 meses.
24 meses antes de tu edad ordinaria, con un mínimo de 35 años cotizados y al menos 2 años cotizados dentro de los últimos 15.
48 meses antes de tu edad ordinaria, con un mínimo de 33 años cotizados, 6 meses inscrito como demandante de empleo y al menos 2 años cotizados dentro de los últimos 15.
Se aplican las reglas de 2027 en adelante: 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, o 67 años si no se llega.
Sí: la pensión se reduce con coeficientes reductores por cada mes de anticipo. Calcula el recorte en la calculadora de jubilación anticipada.
No, es orientativo. La fecha oficial la fija la Seguridad Social según tu vida laboral completa.
Una cosa es cuándo puedes jubilarte y otra cuánto cobrarás: calcula cuánto te recortaría jubilarte antes de la edad ordinaria. Y si eres madre o padre, revisa el complemento de brecha de género, que se suma a la pensión.