Última actualización: octubre de 2026. Contenido orientativo, no constituye asesoramiento legal.
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Respuesta directa: 480 €/mes (80 % del IPREM), en 12 pagas, hasta la edad ordinaria de jubilación, con cotización a la Seguridad Social para la futura pensión. Exige 52 años cumplidos, haber agotado la prestación contributiva o estar en situación legal de desempleo, 15 años cotizados (2 en los últimos 15), 6 años cotizados por desempleo y rentas propias que no superen el 75 % del SMI.
La cuantía es fija: 480 €/mes (80 % del IPREM, que en 2026 es de 600 €/mes), en 12 pagas: 5.760 €/año. Se cobra hasta la edad ordinaria de jubilación, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. Durante todo ese periodo, el SEPE cotiza por el beneficiario para su futura pensión (sobre el 125 % de la base mínima de cotización), evitando lagunas que reducirían la pensión.
Persona de 58 años que agota 720 días de prestación contributiva, con 20 años cotizados y sin rentas propias. Accede al subsidio de 480 €/mes hasta su edad ordinaria de jubilación, con cotización del SEPE durante todo ese periodo.
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480 €/mes (80 % del IPREM), en 12 pagas: 5.760 €/año.
Hasta la edad ordinaria de jubilación, mientras se cumplan los requisitos.
Sí: el SEPE cotiza por el beneficiario (125 % de la base mínima), evitando lagunas de cotización.
Sí, a tiempo parcial: la cuantía se ajusta a la jornada y el subsidio no se extingue automáticamente.