Última actualización: octubre de 2026. Contenido orientativo, no constituye asesoramiento legal.
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Respuesta directa: al terminar un contrato temporal corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, sin tope de mensualidades. No es un despido: es la compensación por la extinción pactada del contrato. Quedan excluidos los contratos de sustitución (interinidad) y los formativos.
La indemnización de 12 días por año corresponde a la finalización de los contratos temporales (art. 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores), por ejemplo los contratos por circunstancias de la producción. Quedan excluidos:
Indemnización = años de servicio × 12 días × salario diario. El salario diario es el salario bruto anual / 365, con prorrateo por meses para periodos inferiores al año. No hay tope de mensualidades.
Si el contrato temporal se usó para cubrir necesidades permanentes, superó los límites legales o no cumplía los requisitos de la temporalidad, puede considerarse indefinido. En ese caso, su extinción se trata como un despido: si no hay causa, improcedente, con 33 días por año.
Contrato temporal de 2 años, 1.500 €/mes. Salario diario: 1.500 × 12 / 365 = 49,32 €. Días: 2 × 12 = 24. Indemnización: 24 × 49,32 = 1.183,68 €, que se suma al finiquito.
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Todos los temporales salvo los de sustitución (interinidad) y los formativos, que están excluidos.
No: son 12 días de salario por año trabajado, sin tope de mensualidades.
Se considera indefinido y su extinción se trata como despido: si no hay causa, improcedente, con 33 días por año.
Sí, si cumples los requisitos de cotización: el fin de contrato temporal es situación legal de desempleo.