Última actualización: octubre de 2026. Contenido orientativo, no constituye asesoramiento legal.
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Respuesta directa: si el finiquito no cuadra, firma "no conforme", pide la liquidación detallada y reclama: primero a la empresa, después con una papeleta de conciliación ante el SMAC y, si no hay acuerdo, con demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para reclamar cantidades es de 1 año desde que debieron abonarse.
Si no estás de acuerdo con las cantidades, firma indicando "No conforme" o "Pendiente de revisión". Esa anotación evita que el documento tenga efecto liberatorio total y deja abierta la reclamación. Puedes pedir la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de la firma.
Compara cada concepto con tu nómina y tu convenio: días trabajados del mes, días de vacaciones pendientes, pagas extra proporcionales e indemnización si la hay. Los errores más frecuentes son vacaciones mal contadas, pagas extra con el devengo equivocado y salario diario calculado sobre el neto en lugar del bruto.
Reclama por escrito a la empresa, pidiendo la liquidación detallada. Si no hay acuerdo, presenta una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC): es el paso previo obligatorio antes de demandar. Si no hay acuerdo en el SMAC, puedes demandar ante el Juzgado de lo Social: procedimiento ordinario para reclamaciones complejas o superiores a 15.000 €, o procedimiento monitorio laboral para deudas líquidas y documentadas.
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Que no aceptas la liquidación; evita el efecto liberatorio total y deja abierta la reclamación.
1 año desde que debió abonarse (prescripción, art. 59 del Estatuto de los Trabajadores).
La solicitud ante el SMAC para intentar un acuerdo con la empresa antes de demandar; es obligatoria antes del juicio.
El plazo es distinto y mucho más corto: 20 días hábiles para impugnar el despido.